DERECHO DE HUELGA ESTUDIANTES DE INSTITUTO


  Los diferentes manuales de representantes sindicales explican, explícitamente, que los estudiantes no tienen derecho de Huelga por no intervenir en el sistema productivo. Sin embargo, desde finales del siglo pasado se están intensificando, y sucesivamente aplicando, políticas que no solo integran la educación dentro del sistema productivo, en todos sus niveles, sino que lo están subordinando a este, con la entrada física de las empresas en los IES y en las Universidades.

   Los actuales recortes y reformas educativas únicamente atienden a los beneficios de unos/as pocos/as. Las protestas que se están produciendo en estos días van encaminadas , de una u otra forma, a impedir dicha subordinación de la educación pública a la empresa privada cuyos lacayos tienen la desvergüenza de aludir a la no intervención de los/as estudiantes en el sistema productivo para negarles/as el derecho de Huelga. ¿En qué quedamos?
 
    Explicar muy claro, que aunque los/as estudiantes/as no tienen derecho de Huelga, cuestión de palabras, si pueden faltar a clase para defender la educación pública, si dicha falta ha sido fruto del derecho de reunión y se ha comunicado previamente a la Dirección de cada centro. Este derecho está recogido en:

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.
Título preliminar Artículo Octavo   
...las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro.
(enlace con la ley)

Podemos añadir que el TSJ avala el derecho de los alumnos a la huelga sin que firmen los padres

Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

D. 51/2007, de 17/05, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León. (Más conocida como carta de Derechos y Deberes de los/as alumnos/as)

Resto de normativa concerniente a los centros no universitarios en Castilla y león


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